Los costarricenses somos malos para pagar las deudas, y más cuando se trata de pagar deudas por multas de infracciones de tránsito.
Somos malísimos para pagar, y acumulamos deudas por multas de exceso de velocidad, multas de giros en lugares indebidos… y mejor ni hablar de las multas por dejar el vehículo mal estacionado.
Es típico: a alguien le hacen un parte, y aunque la multa está en firme, la va dejando y dejando sin pagar. Hasta que finalmente un día se levanta y encuentra en su correo electrónico una nota de COSEVI que dice que está en cobro judicial. O peor aún, llega a renovar la licencia o pagar el marchamo, y se topa con que tiene multas de tránsito en cobro judicial.
Y ahí comienzan los problemas y las carreras para solucionar todo.
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Por qué las multas de tránsito van a cobro judicial?
El cobro judicial para las infracciones de tránsito, es uno de esos casos de letra fina que las personas no conocen. Todos saben acerca de las multas y nuevos delitos que trae la Ley de Tránsito, y los medios de comunicación le han hecho publicidad de sobra a ese tema.
Pero le han hecho poca publicidad al artículo 195 de la Ley, donde dice que es obligación de COSEVI mandar a cobro judicial las multas en firme que no se paguen en 20 días hábiles. Así de fácil y directo: no pagó en 20 días hábiles? Va para cobro judicial… la Ley de Tránsito lo exige. Incluso ni siquiera se ocupa que usted tenga un contrato o un arreglo firmado con COSEVI… la Ley dice que con sólo que haya una certificación de COSEVI de que existe la multa y está sin pagar, suficiente para ir a cobro judicial.
Como en Costa Rica la Constitución dice que nadie puede ir a prisión por deuda, el cobro judicial es la única forma que tiene COSEVI para recuperar las multas que le deben.
Qué es un cobro judicial?
Un cobro judicial es cuando se le pide a los Tribunales de Justicia, que obliguen a una persona a pagar una deuda. Normalmente las deudas son tema entre dos personas: la que debe, y a quien se le debe. Y esas dos personas se arreglan y se entienden.
Pero si no se paga la deuda, existe la opción del cobro judicial. En un cobro judicial, los Tribunales “decomisan” todos los bienes y dineros de la persona que debe (lo que se conoce como un “embargo”), y le ordenan pagar. Si la persona no paga, los tribunales mandan a remate los bienes y usan el dinero para pagar la deuda.
El embargo, por supuesto, no significa que el OIJ nos va a botar la puerta a las 2 AM y nos va a quitar todo. Es una restricción en papel, donde se informa al Registro de la Propiedad y a los bancos que tienen que marcar todo lo que tenga esa persona, y no pueden permitirle traspasar o consumir esos bienes hasta que se salde la deuda. Pero aunque sea en papel, un embargo es una situación muy real, y una situación a la que no debemos entrar nunca.
Qué me pasa si me envían a cobro judicial?
Si lo envían a cobro judicial por no pagar multas de tránsito, tiene que tener presente que eso le va a complicar mucho su existencia. Primero, está el tema del embargo, que generalmente ocurre apenas los tribunales aceptan el recurso de cobro judicial. Los bienes los embargan de inmediato, para que la persona no pueda venderlos o desaparecerlos y salir corriendo con el dinero.
Segundo, le van a aumentar su deuda en un 50%. Eso lo hacen para pagar el costo del proceso y de los abogados que lo llevan.
Tercero, si como parte del embargo le incluyen su sueldo, van a notificar a su lugar de trabajo de que está embargado. Y dependiendo del reglamento que exista en donde trabaje, eso puede significar incluso que lo despidan… a muchas empresas no les gusta tener empleados que deben plata al punto de terminar embargados, en especial si son empresas financieras!
Y cuarto, su récord crediticio va a quedar manchado por el cobro judicial. Los bancos le van a restringir el acceso a préstamos y créditos por varios años. Y eso puede significar que los proyectos grandes que tenga, se le pueden venir al suelo porque nadie va a querer prestarle dinero.
Cómo puede imaginarse, a toda luz hay que evitar un proceso de cobro judicial… y más si es por algo tan ridículo como una multa de tránsito! Es uno de esos casos donde sin lugar a dudas, en mejor llegar a un mal arreglo que a un buen pleito.
Cómo puedo salirme de un cobro judicial?
La única forma de salir de un proceso de cobro judicial, es pagar las deudas. Porque apenas la corte acepta el proceso, meten el embargo y le abren el expediente. Y solo se cierra el proceso cuando COSEVI diga que le pagaron todas las deudas y está contento.
Si a usted le llega el aviso de que está en proceso de cobro judicial por multas de tránsito, tiene que actuar de inmediato. No se esconda ni ignore el tema. Porque puede que todavía haya posibilidad de evitar ese proceso de cobro judicial.
Para establecer cobro judicial formalmente, tienen que presentar una demanda en su contra en los Tribunales de Justicia. Y la demanda tiene que ser estudiada, aceptada, y notificada.
Eso generalmente no ocurre de inmediato el día 21 de la multa. Ese día, puede ocurrir que simplemente pasen la multa al departamento legal de COSEVI, para que empiece el cobro judicial. Y luego la multa tiene que ser evaluada a ver si realmente vale la pena meter el proceso, y si los Tribunales lo van a aceptar. Y solo después de eso, se presentaría la demanda.
Muchas veces le advierten el día 21 que están pasando a cobro judicial, para que usted corra inmediatamente a pagar lo que debe, y no sea necesario seguir el proceso en los tribunales. Como mencionamos antes, es mejor un mal arreglo que un buen pleito: una vez que el proceso ingresa a los tribunales, se vuelve un martirio tanto para la persona que debe, como para el mismo COSEVI.
Si le avisan que está en cobro judicial por una multa de tránsito, corra a solucionarlo. Empiece por pedir a COSEVI la información del número de expediente y el despacho judicial en el que lo tramitaron. Esa es la prueba de fuego: si no le pueden dar esta información, generalmente significa que la demanda no ha ingresado a los tribunales. Incluso puede que se lo digan directamente: están iniciando las gestiones, y todavía no hay demanda. Esa es su oportunidad para actuar.
Averigüe de inmediato a qué oficina de COSEVI tiene que presentarse, y con quién tiene que hablar. Y vaya ese mismo día (o al día siguiente) a solucionar el asunto, para detener el proceso de cobro. Pida que le den el detalle de qué debe, y busque la forma de pagar la deuda inmediatamente. En muchos casos si el monto que debe es alto, le pueden hacer un arreglo de pago o un compromiso, que resuelva la situación.
Nunca acepte pagar multas de tránsito o llegar a un arreglo de pago por teléfono. Vaya directamente a una oficina de COSEVI y pida que le muestren el detalle. Existen personas que se dedican a estafas telefónicas, y llaman a la gente para avisarles que tienen un cobro judicial por multas. Y le ofrecen a la persona que pueden pagar de una vez, dando su información personal y la de su tarjeta de crédito, o haciendo un depósito a alguna cuenta bancaria. Por supuesto, es una estafa: y usted termina más enredado que lo que estaba al inicio. Pague solamente en oficinas bancarias autorizadas, después de ir directamente a COSEVI a revisar su estado de multas.
Qué hago si ya tengo un cobro judicial en los Tribunales?
Si la demanda ya ingresó a los tribunales, y le abrieron un expediente a su nombre, tiene que buscar asesoría legal inmediatamente. Busque a un abogado que tenga experiencia en temas de cobros judiciales.
Revise el expediente a ver qué es lo que le están cobrando, y por qué motivo. Revise qué tanto ha avanzado el proceso, si hay embargos y de qué tipo. Y muy importante: actualice sus datos de notificación en el expediente. Porque si el juzgado tiene que comunicarse con usted, y la información de contacto que tienen en el expediente no es la correcta, usted podría terminar sin saber del proceso hasta que sea demasiado tarde, y hayan asumido que usted aceptó la culpa por todo.
Tiene que saber que aún existiendo una demanda en proceso, hay mecanismos legales para frenarla. Incluso en muchos casos si se llega a un arreglo con COSEVI durante el proceso, ellos detienen todo y piden que se levanten los embargos.
La mejor forma de manejar un proceso de cobro judicial, es no tener un cobro en primer lugar. Pague sus multas de tránsito inmediatamente, y no deje pasar nunca los 20 días hábiles que tiene para pagar. Y si le avisan que tiene deudas pendientes con COSEVI por multas, soluciónelas, no las deje pasar.
Cuidado si usted va a ser fiador
Tenga mucho cuidado sí alguien que conoce está en problemas de cobro judicial, y le pide a usted que sea fiador para un préstamo, con el fin de pagar la deuda. Ser fiador de un préstamo significa que usted responde si la persona no paga, y si el banco no se lo puede cobrar a esa persona, se lo van a tratar de cobrar a usted.
Al final usted podría terminar sin dinero, o podría terminar también en cobro judicial, sin siquiera tener que ver en el asunto de las multas… solo por haber puesto su firma.
Generalmente si alguien está en cobro judicial por multas de tránsito, y tiene que recurrir a un préstamo bancario, eso es señal de alerta. Primero, no es buena práctica endeudarse más para pagar una deuda. Y segundo, el monto de multas tiene que ser muy elevado o si no lo es, la persona anda muy mal enterada de sus deudas, o muy mal asesorada.
Evite ante todo ser fiador en estos casos, aunque sea un familiar cercano. Deudas son deudas, y a los bancos no les va a importar su buena voluntad a la hora de cobrarle.
Dígale a la persona que busque otras formas de solucionar: arreglos de pago, vender bienes, o en último caso si es demasiada la necesidad, pague usted la deuda por él (por ejemplo pague la deuda a cambio de un porcentaje de derecho de propiedad sobre el automóvil o sobre un terreno). Probablemente nunca recupere su dinero, pero por lo menos no tendrá a un banco encima en el futuro y no quedará manchado su expediente crediticio.
La prescripción de la Ley de Tránsito aplica para un cobro judicial?
La ley de tránsito no establece prescripción para proceso de cobro judicial, solamente rigen las prescripciones normales que existen para multas (2 años para la acción administrativa y 7 años para las multas en firme).
El proceso de cobro judicial sí está sujeto a sus propias prescripciones, pero es complicado. Solo el hecho de existir un proceso de cobro judicial, interrumpe la prescripción, esto es, empieza a contar el tiempo de nuevo desde cero. Si usted está en el último día antes de la prescripción de una deuda, y ese día los tribunales abren un cobro judicial, empieza a contar desde cero el plazo al día siguiente.
Definitivamente no es una buena idea pensar que va a poder salir un cobro judicial usando prescripción. Es como pegarse la lotería: si ocurre, se salvó espectacularmente. Pero lo más probable es que nunca en su vida le llegue a ocurrir.